INTERPRETACIÓN E INTEGRACIÓN DE LA LEY
INTERPRETACIÓN E INTEGRACIÓN DE LA LEY
Podemos entender que interpretar en términos generales es captar o aprender el verdadero significado de una expresión artística, artística científica o intelectual. En este concepto tiene por objeto conocer lo que quiere decir algo, es expresar el verdadero sentido de aquello que sirva de instrumento para entender la idea o noción, sentimiento o estado de ánimo. La interpretación puede ser recognoscitiva (filológica, histórica), reproductiva o representativa (gramatical, musical) e interpretación normativa.
INTERPRETACIÓN DE LA LEY
La interpretación normativa va mas allá de dar a conocer el pensamiento que expresan las palabras contenidas dentro de la formula legislativa, dentro de esta interpretación no solo se conforma con conocer el concepto lógicogramatical, sino adentrase a la estructura lógicojurídica, para todo esto implica una serie de pasos para el proceso de interpretación normativa:
1) Signo representativo
2) Aprehensión de su contenido lógico gramatical
3) Comprensión o intelección de la norma jurídica
4) Aplicación de la norma abstracta al caso concreto
Este proceso intelectual por sí mismo es complejo distinto a cualquier otro proceso, requiere que el intérprete de un conocimiento preciso del conjunto total al ordenamiento de que se trata.
La ley es la interpretación del derecho, el derecho actúa a través de la norma, y el orden jurídico influye en la vida de la norma, según las diferentes épocas.
En resumen la interpretación jurídica no debe ser solamente cognoscitivo, sino comprensivo.
EL OBJETO DE LA INTERPRETACIÓN
La finalidad de la interpretación de la ley es lograr su aplicación al caso concreto y la aplicación de la norma se refiere únicamente a las consecuencias establecidas para el caso previsto.
La interpretación jurídica no es la ley, sino la conducta humana los jueces no interpretan las leyes o normas, sino que interpretan o comprenden conductas atreves de esquemas de interpretación llamadas leyes.
INTERPRETACIÓN E INTEGRACIÓN
Interpretación:
Ø Consiste en suplir el silencio de las normas, completando aquellas mediante la elaboración de una nueva fórmula, que está contenida en el ordenamiento (ley).
Ø El intérprete trabaja frente a una disposición legislativa y su labor consiste en aprender o desentrañar el significado de lo que el precepto expresa.
Ø Supone la existencia de un precepto jurídico.
Ø Proceso mental complejo
Integración:
Ø Supone la existencia de un precepto jurídico (ley escrita).
Ø La ley es omisa.
Ø Trata de elaborar la norma.
Ø Proceso mental de segundo grado.
LAGUNAS DE LEY
Cuando la ley es omisa frente a un caso no contemplado, se conoce con el nombre de lagunas de ley. Estas deben ser colmadas por el juzgador, mediante el procedimiento de integración de la ley. La interpretación de la ley se lleva a cabo completando los preceptos mediante la elaboración de otros que no se encuentran expresamente contenidas en las disposiciones formuladas por un legislativo